Page 46 - Estudios sobre la Ciudad
P. 46

de diferentes actores sociales, como los partidos polí-  Artículo 7° Para el ejercicio de los derechos que
               ticos o el Consejo de Pueblos y Barrios Originarios; de   esta ley establece, se reconoce a los Pueblos y
                                                                  Barrios  Originarios  y  las  comunidades  indígenas
               igual modo, señalaron cómo la urbanidad y la moder-  residentes de la Ciudad de México, como entida-
               nidad han generado distintos escenarios en sus prácti-  des de derecho público con personalidad jurídica
               cas tradicionales y territoriales; la conservación de las   y patrimonio propio.
               tradiciones de los pueblos, sugirieron, es resultado de   Sin embargo, en esta ley y en el Consejo, no se integra
               la apropiación y codificación de elementos modernos   a los pueblos del sur de la ciudad –en donde surge el tér-
               y urbanos; algunos actores señalaron que han gene-  mino de pueblo originario–, los cuales, por su organización
               rado un desacuerdo en lo que significa lo tradicional   social basada aún en un vínculo con la tierra, así como
               y lo comercial de las fiestas patronales, el fenómeno   en formas de representación tradicional, pueden desa-
               ha fragmentado la percepción de los significados de los   rrollar procesos autónomos y medioambientales que se
               rituales religiosos y sociales. Por otra parte, el recono-  contraponen con las formas de alineación del Consejo,
               cimiento institucional de una comunidad como pueblo   precedidas por funcionarios públicos, y sólo algunos re-
               originario ha fragmentado a las comunidades, y se cuen-  presentantes de los pueblos.
               ta que algunas personas se apropian de esa designación   También debemos mencionar que la intervención de
               para acaparar recursos o sumarse a campañas políticas,   la institución dentro de las comunidades, al menos en
               y están lejos de atender las verdaderas problemáticas   los pueblos de la delegación Iztapalapa o Iztacalco, no
               por las que atraviesan hoy las poblaciones.   tiene alcance o profundidad en las estructuras sociales,
                                                           debido a que no hay identificación con ese tipo de orga-
               Dialogo entre instituciones                 nización institucional, ni tampoco con de la categoría de
               y comunidades                               pueblo originario, como señalamos en párrafos anteriores.
               En el discurso que ostentan las instituciones públicas,   Los problemas que los pueblos enfrentan hoy en día se
               como interlocución con las poblaciones, se habla del   encuentran lejanos de la amenaza de la desaparición de
               resguardo del patrimonio cultural –material e inmate-  sus fiestas patronales o sus prácticas culturales, y más
               ria– de los pueblos y barrios de la Ciudad de México; de   bien están insertos en su cotidianidad como habitantes
               igual modo, se habla de incorporar a las comunidades   de un entorno urbano.
               como sujetos jurídicos y políticos. Así se ve en algunos   Por otra parte, a través del trabajo etnográfico, y
               artículos de la iniciativa de ley:          comparándolo con otras investigaciones sobre historia
                                                           oral de diferentes poblaciones, se puede observar que,
                      Artículo  3°  La  composición  pluricultural,  plurilin-  en los procesos de urbanización de la ciudad, estos pue-
                      guista de la Ciudad de México está sustentada en   blos no necesitaron la representación de una institución
                      los Pueblos y Barrios Originarios y en la presencia
                      de las Comunidades indígenas del Distrito Federal.   para resolver sus demandas como ciudadanos o como
                                                           pueblos para conservar la herencia de los antepasados
                      Artículo 4° Los pueblos y barrios originarios y
                      comunidades indígenas residentes del Distrito    o abuelos –como ellos los nombran. A pesar de la frag-
                      Federal como colectividad y como individuos son   mentación que existió en sus estructuras internas, por
                      libres de igualdad  de derechos sociales, culturales,   sumarse a la membresía de ser ciudadanos, que se con-
                      medioambientales y políticos  en concordancia  a
                      todos los demás pueblos y personas por lo que tie-  traponía con su organización tradicional, tuvieron la
                      nen derecho al ejercicio pleno.      capacidad de retomar varios elementos de los dos polos
                                                           opuestos y generar una cohesión social importante para
                                                           negociar y operar el equipamiento de servicios básicos




         46     HETEROTOPÍAS     La intervención social desde una perspectiva institucional: Una forma de hacer política para los pueblos originarios de la ciudad
   41   42   43   44   45   46   47   48   49   50   51