Solicitud de “Oficio DGP-SEP”
El “oficio DGP-SEP” es un escrito institucional que la Coordinación de Certificación y Registro (CCyR) dirige a la Dirección General de Profesiones, de la Secretaría de Educación Pública (DGP-SEP), con el objetivo de que la DGP-SEP elabore al estudiante una autorización provisional para ejercer como pasante.
Es decir, la autorización provisional para ejercer como pasante (que elabora la DGP-SEP) es un documento temporal que te da la oportunidad para desempeñarte en el ámbito laboral de tu profesión. A este documento se le conoce coloquialmente como “Carta de Pasante”.
El “Oficio DGP-SEP” que elabora de CCyR es un documento que contiene los datos generales del estudiante, avala que ha cumplido el 100% de los créditos del plan de estudios vigente de su licenciatura, la clave asignada a la licenciatura cursada y ratifica la liberación del servicio social.
Requisitos para el trámite:
- Haber obtenido tu Certificado de Terminación de Estudios, máximo con un año de anterioridad. *
- Presentarte en la oficina central de la Coordinación de Certificación y Registro (ubicada en Dr. García Diego 168, colonia Doctores) y llenar el formato de Solicitud de Trámite Académico.
- Entregar copia de tu Carta de Liberación del Servicio Social y de tu Certificado de Terminación de Estudios (CTE)
*NOTA:
Después de un año de la emisión del Certificado de Terminación de Estudios, NO se puede solicitar la elaboración del oficio DGP-SEP.
De la elaboración y entrega del “oficio DGP”:
A partir de la recepción de tu solicitud, la CCyR tiene 10 días hábiles para elaborar el “Oficio DGP” y notificar al estudiante (vía correo electrónico institucional) que puede pasar a recogerlo en la oficina central de la CCyR, en la que deberá presentar una identificación oficial, con fotografía.
Vigencia del oficio DGP-SEP:
La vigencia del “Oficio DGP-SEP” es de 30 días hábiles, a partir de su emisión y sólo se expide una vez.
Trámite de la “Carta de pasante” (autorización provisional para ejercer como pasante) ante la DGP-SEP
Cuando el estudiante haya recibido el “oficio DGP”, debe realizar una cita ante la DGP-SEP (a través del link https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-autorizacion-provisional-para-ejercer-como-pasante/SEP1239), quien le informará los costos, requisitos y tiempos para la elaboración de su “Carta de pasante” (autorización provisional para ejercer como pasante).